🏛️⚖️ Justicia por Muerte Evitable de una inquilina

La Justicia responsabilizó a la locadora, al consorcio y a Metrogas por la trágica muerte de una inquilina intoxicada con monóxido de carbono. Un fallo firme que marca un antes y un después en la defensa de los derechos de los usuarios y consumidores.

Fuente: Foto de lu9mardelplata

 

Acá lo que pasó fue algo tan trágico como evitable una vecina, una inquilina, murió intoxicada por monóxido de carbono dentro de su departamento. La causa fue el mal estado del calefón, que estaba mal instalado, sin la ventilación necesaria, con un caño que no cumplía las normas y sin las rejillas reglamentarias para la entrada de aire.

 

Entonces, ¿qué hizo la Justicia? Analizó qué responsabilidades tenían los distintos actores en esta tragedia: la dueña del departamento (es decir, la locadora), el consorcio del edificio, y la empresa Metrogas, que es la encargada de distribuir el gas.

 

1. Responsabilidad de la locadora


La Justicia dijo algo muy claro: el dueño de un inmueble no se puede desentender del estado en que lo alquila. Y en este caso, la locadora le alquiló a la víctima un departamento que tenía un defecto oculto, peligroso, y no lo había revisado adecuadamente.

 

Ese defecto oculto era el calefón: estaba mal instalado, con un caño que no seguía las normas de evacuación de gases, sin la ventilación obligatoria, y sin las rejillas que tienen que estar sí o sí en cualquier ambiente que tenga artefactos a gas. O sea, no solo estaba mal puesto el calefón, sino que el lugar tampoco tenía la ventilación que exige la normativa.

 

Y por eso, el fallo la responsabiliza plenamente. Porque hay un deber de seguridad del locador, que tiene que asegurarse de entregar la vivienda en condiciones seguras. La locadora tenía la obligación de revisar ese calefón antes de alquilar y durante la locación.

 

2. Responsabilidad del consorcio


En segundo lugar, la Justicia analizó el rol del consorcio de propietarios. ¿Y qué encontró? Que el sistema de ventilación del edificio tampoco estaba en regla.

 

La falta de rejillas, de una correcta ventilación hacia los “cuatro vientos” y otros errores estructurales hicieron que el gas tóxico no pudiera salir como corresponde. En vez de irse al exterior, ese monóxido se quedó dentro del departamento.

 

La Justicia dijo que esas cañerías, rejillas y conductos no son parte exclusiva del departamento, sino partes comunes del edificio. Por lo tanto, es el consorcio el que tiene que asegurarse de mantener todo eso en buen estado. Y no lo hizo.

 

De hecho, después del fallecimiento, Metrogas cortó el gas en 25 departamentos del mismo edificio por condiciones similares.

 

3. Responsabilidad de Metrogas


Acá es donde el fallo fue más firme. Metrogas intentó desligarse diciendo que nunca fue llamada a inspeccionar ese departamento. Pero la Justicia no aceptó ese argumento.

 

Metrogas es una empresa que presta un servicio público esencial, y tiene un deber legal de vigilancia y seguridad, según la Ley de Defensa del Consumidor.

 

No se le reprocha que no haya entrado a ese departamento, sino que no hizo el seguimiento adecuado ni tomó medidas preventivas, aun sabiendo que en ese edificio había instalaciones defectuosas desde años anteriores.

 

Y como la empresa tenía el poder y la obligación de intervenir, también fue responsabilizada.

 

4. Indemnización integral y reparación del daño


El fallo reconoció distintos tipos de daño: el valor vida, el daño moral, el daño psíquico y los gastos de tratamiento para los familiares de la víctima. El hijo menor, el concubino y la madre fueron indemnizados por la pérdida, el sufrimiento y las secuelas psicológicas.

 

Y lo más importante: se dejó sin efecto la idea de una “responsabilidad compartida” con la víctima. La Justicia fue clara: la culpa no fue de quien murió, sino de quienes tenían el deber de prevenir y no lo hicieron.

 
Este fallo es mucho más que una sentencia: es una advertencia.

 

Porque no se trata solo de este caso. Se trata de una cultura de negligencia, de falta de controles, de contratos que descargan responsabilidades y de empresas que hacen oídos sordos.

 

Es un mensaje contundente: cuando la vida está en juego, no hay excusas. Y es un llamado a todos los actores sociales a revisar sus deberes, porque prevenir es una obligación, no una opción.

 

Fuente: https://aldiaargentina.microjuris.com/2021/07/22/fallos-muerte-silenciosa-el-locador-el-consorcio-de-propietarios-y-el-distribuidor-de-gas-son-responsables-por-el-fallecimiento-de-la-inquilina-intoxicada-con-monoxido-de-carbono-proveniente-del-c/

 

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